Han tenido que pasar más de 6 meses desde que se declaró el estado de alarma para que el Gobierno haya aprobado con un Real Decreto Ley la conocida como Nueva Ley del Teletrabajo. Algo que muchos hemos «sufrido» estos meses pero que no teníamos claro que regularización tenía. Por ejemplo, ¿cuánto «desenchufo» del trabajo? ¿tengo que seguir disponible? ¿quién corre con los gastos adicionales de luz, internet u otros que me conlleva trabajar en casa?

Durante estos meses, el Ejecutivo y, más en concreto, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, junto con los agentes sociales han dado forma a este texto que nace para cubrir el vacío legal existente en el Estatuto de los Trabajadores. Y no parece que haya sido una negociación sencilla, como asegura la Ministra de Trabajo:

«Ha sido la negociación más difícil y compleja. Va a cambiar el modus operandi del desarrollo de nuestros trabajos y nos coloca en la vanguardia de las legislaciones europeas»

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo

Pero, ¿cómo se resume esta nueva Ley? ¿Cuáles son sus principios básicos y que entrarán en vigor 20 días después de su publicación en el BOE? Pues bien, la ley se resume en 4 principios básicos que os intentamos explicar a continuación.

¿Qué se considera teletrabajo?

Se considerará teletrabajo a «toda relación de trabajo que se desarrollen a distancia con carácter regular». Esto es, se considerará teletrabajo si cumples estos criterios:

  1. Actividad laboral realizada durante al menos tres menos.
  2. Se debe realizar a distancia; esto es, fuera de la oficina o del emplazamiento normal.
  3. Debe consumirse, al menos, un 30% de la jornada laboral. En contratos de prácticas, esta cifra sube hasta el 50%.

El teletrabajo es voluntario y será «controlado»

El teletrabajo debe ser voluntario en los dos sentidos. Es decir, nadie nos puede obligar a realizar teletrabajo como empleados, ni tampoco podemos acogernos a él si la empresa no lo ofrece.

Además, el teletrabajo tiene que ser reversible. Esto quiere decir que, en cualquier momento, cualquiera de las partes se pueden echar atrás y dejar de realizarlo. Además, la empresa podrá establecer medidas (todavía por definir) de vigilancia y control.

La empresa paga los gastos

El texto de la ley establece el «derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y herramientas para el desarrollo de la activida», de los que se deberá hacer cargo la empresa. La persona, en ningún caso, debe asumir esos gastos. La compensación de los gastos podrá establecerse en un convenio o en un acuerdo colectivo.

Los mismos derechos que en la oficina

El texto también establece que «los trabajadores deberán contar con los mismo derechos, estén teletrabajando o no». Esto quiere decir varias cosas:

  1. Los trabajadores no pueden ver como su salario es menor.
  2. Tampoco puede ver que la jornada sea más larga.
  3. Se debe asegurar la desconexión digital.
  4. Se debe flexibilizar, en la medida de lo posible, el horario de prestación de servicios.

Queda mucho todavía, sobre todo en la práctica, para ver como funciona esta Ley del Teletrabajo. No obstante, este escrito es un buen paso para comenzar.

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